Gerencias Regionales

E-mail Imprimir PDF

La Procuraduría Pública Regional Ad Hoc del Gobierno Regional de Huancavelica, con el afán de difundir la labor, atribuciones, facultades y funciones que realiza, así como el quehacer del Procurador Publico alcanza la presente Nota Informativa; con la finalidad de que la población huancavelicana tenga un pleno conocimiento de lo que significa la función de un Procurador.

Cuando de una u otra forma, el Estado, a nivel regional, ve afectado o amenazado sus derechos o intereses, recurre mediante la realización de un conjunto de actos jurídico-procesales que se basan en normas y principios de carácter público que regulan la representación y defensa de tales derechos e intereses. En cuanto al aspecto sustantivo y procedimental de la defensa, el Estado la sustentará de acuerdo a la legislación aplicable a la controversia.

La Constitución Política del Estado, en su artículo 47 consagra de que la defensa de los intereses del Estado esta a cargo de los Procuradores Públicos; Dispositivo Legal que concuerda con el artículo 78 de la Ley N ° 27867 –Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales-, que refiere que la defensa de los derechos e intereses del Estado a nivel del Gobierno Regional se ejerce judicialmente por un Procurador Público Regional; concordante con los artículos 3, 5 y 7 del Decreto Supremo N° 002-2003-JUS –Reglamento de la Representación y Defensa de los Derechos e intereses del Estado a nivel del Gobierno Regional- y, la Ley 17537 –Ley de Representación y Defensa del Estado en asuntos judiciales -.

Nuestra misión nos lleva a la búsqueda permanente de una mejor defensa del Estado; a través de un trabajo coordinado e intervención uniforme por parte de la Procuraduría Pública Regional Ad Hoc durante el ejercicio de sus funciones, con el propósito de establecer una posición que identifique el criterio legal de los Abogados integrantes de la Procuraduría.

El Procurador Público Regional Ad Hoc, viene a ser el funcionario que por mandato constitucional y/o regional ejerce la defensa de los intereses del Gobierno Regional. Tiene la misma jerarquía y prerrogativas que los Procuradores Públicos de los Poderes del Estado, Organismos Constitucionales autónomos y Ministerios ; como asimismo de la misma jerarquía que un Fiscal Superior y goza en el ejercicio de sus funciones de las mismas prerrogativas que corresponde a dicho magistrado.

En conclusión, el Procurador Público Regional Ad Hoc, viene a ser el Abogado que defiende y salvaguarda judicialmente los intereses del Gobierno Regional, conforme a las atribuciones y facultades otorgadas . Es independiente en el ejercicio de sus funciones, las que desempeñarán según su propio criterio y en la forma que estimen más arreglada a ley, empleando los recursos legales necesarios y su intervención es a nivel regional ante todas las instancias policiales, judiciales, administrativas y arbítrales, en las que se discutan derechos e intereses del Gobierno Regional.

Actualmente la Procuraduría Publica Regional Ad Hoc del Gobierno Regional de Huancavelica, se encuentra conformada por un Procurador Regional Ad Hoc, Abog. GUILLERMO ENRIQUE CHACALTANA MANRIQUE, quien fuera designado mediante la Resolucion Ejecutiva Regional N° 043-2007/GOB.REG-HVCA/PR.

Art. 5 D.S. N° 002-2003JUS-Reglamento y Defensa de los derechos e intereses del Estado a nivel del Gobierno Regional-

Art. 14.- Ley 17537; modificado por el Artículo 3 del Decreto Legislativo N° 959

Actualizado ( Jueves, 25 de Junio de 2009 04:02 )